El presidente de la Asociación del Fútbol Argentino, Claudio Chiqui Tapia, y el tesorero Pablo Toviggino fueron procesados por la Justicia en el marco de una causa por presunta evasión impositiva. La medida incluye embargos millonarios y la prohibición de salida del país para ambos dirigentes.
La resolución fue dictada por el juez en lo Penal Económico Diego Amarante, quien también dispuso el procesamiento de la AFA como persona jurídica y de otros directivos por los delitos de apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social.
Entre los involucrados se encuentran además Gustavo Roberto Lorenzo, Víctor Blanco Rodríguez y Cristian Ariel Malaspina. Todos fueron procesados sin prisión preventiva, por lo que continuarán en libertad mientras avanza la causa.
Medidas judiciales y embargos
El magistrado consideró a los imputados como coautores de los hechos investigados y estableció restricciones, como la obligación de no ausentarse de sus domicilios por más de 72 horas sin autorización judicial.
Asimismo, ordenó embargos por 350 millones de pesos sobre los bienes de la AFA, Tapia, Toviggino y Lorenzo, mientras que para Blanco Rodríguez y Malaspina el monto fijado fue de 150 millones de pesos.
La acusación: retenciones no depositadas
Según la investigación, la AFA habría retenido impuestos —como IVA, Ganancias y aportes a la seguridad social— a empleados y proveedores, pero no los habría depositado en tiempo y forma al fisco.
El período bajo análisis abarca desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025, con montos que superan ampliamente el umbral penal vigente. El juez detalló 51 hechos independientes, entre los cuales se destaca que solo en julio de 2025 se registró una retención no depositada superior a los 2.000 millones de pesos en concepto de aportes a la seguridad social.
Los argumentos de las defensas
Durante su declaración, Tapia sostuvo que no intervenía en la operatoria tributaria diaria de la AFA. Sin embargo, el juez rechazó esta postura al señalar que existen registros bancarios que lo vinculan directamente con la gestión financiera del organismo.
Por su parte, Toviggino argumentó que la institución actuó bajo un marco de “incertidumbre normativa”, basado en resoluciones del Ministerio de Economía y del organismo recaudador que, según su defensa, habrían suspendido la exigibilidad de ciertas obligaciones.
No obstante, el juez consideró que dichas normas son de carácter administrativo y no tienen la capacidad de anular una causa penal en curso, ni de eliminar la responsabilidad sobre fondos ya retenidos.
Próximos pasos
Las defensas cuentan con un plazo de diez días para apelar el procesamiento ante la Cámara Nacional en lo Penal Económico.
En paralelo, la Justicia deberá resolver otros planteos vinculados a la causa, entre ellos la posible participación del organismo recaudador como querellante y un pedido de extinción de la acción penal por reparación del daño.






